¿ESTÁN DADAS LAS CONDICIONES PARA EL USO DE LAS TASER?

AM6CCT Taser stun gun

Por Juan Alberto Pérez

El martes 7 de mayo en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicó una resolución emitida desde el Ministerio de Seguridad de la Nación en la que se habilita inmediatamente a las fuerzas de seguridad a utilizar las pistolas Taser. La aplicación del arma se justifica para un uso diferenciado ante situaciones de niveles intermedios de peligro y se alega que no son armas letales. Sin emabrgo, desde diferentes ámbitos y organismos de derechos humanos han salido al cruce de esta determinación ya que no se explicita en que situaciones se utilizará y, además, se niega que no sean letales ya que se registran casos fatales en todo el mundo.

La resolución encarada por la ministra de seguridad de la nación, Patricia Bullrich, intenta “dotar a los funcionarios correspondientes de distintos tipos de armas de fuego” y a su vez se recuesta sobre un protocolo dictado por las Naciones Unidas en 1990, sobre el empleo de la fuerza y las armas de fuego, que manifiesta que “hay que dotarlas de armas incapacitantes no letales para emplearlas cuando fuera apropiado, con miras a restringir cada vez más el empleo de medios que puedan ocasionar lesiones o muertes” y entre los considerando de la resolución 395/2019 se remarca que la incorporación de armas electrónicas de uso no letal permitirá abordar situaciones operacionales en las que resulte necesaria la utilización de la fuerza sin el empleo de armas de fuego, siendo un medio intermedio para ejercer un uso racional y gradual de la fuerza ante situaciones de enfrentamientos con personas violentas o amenazantes”. Si bien se detalla que el uso estará administrado por las fuerzas federales, como Gendarmería, Prefectura y la Policía Federal; no se especificó cuales serían esas “situaciones operacionales” en que se deban utilizar.

Este es punto central en la discusión sobre el uso o no de las pistolas Taser. Desde organismo de derechos humanos, como el CELS, han salido a cuestionar inmediatamente esta resolución. En primer término para exigir que se aclare en que situaciones se utilizará. Otro actor importante que salió al cruce es CORREPI, quien critica duramente la utilización de las Taser. Ismael Jalil, abogado de la coordinadora, expresó a este medio al respecto qué su uso está sujeto una “situación de peligro inminente; y peligro inminente es una cuestion subjetiva del policía, no es una agresión ilegítima o un hecho objetivo, es una situación subjetiva del policía, cuando él piensa que puede haber determinado peligro, aunque esté equivocado la puede usar”. Asimismo, y en el contexto de descontento social y manifestación pública constante, la pregunta que surge es si se utilizarán para disipar la protesta social. Al respecto Jalil comenta qué “El decreto habla de aeropuertos y ferrocarriles, pero el objetivo (de uso) va mucho más allá. Y además, la ministra se encargó de decir que uno de los objetivos puede ser un hospital, como el Posadas. Frente a eso me parece que huelgan todos los análisis que podamos hacer, está dicho con la peor de las confesiones que ha hecho esta persona”.

¿Armas No letales?

Otra cuestión central es la letalidad o no del arma. Desde el gobierno se encargan de aclarar que el uso de las Taser son para prevenir el uso de armas letales en casos que no sean necesario. Pero ¿Realmente son no letales las pistolas Taser? “Por más que la ministra diga lo que diga es un arma letal, de menor entidad su letalidad pero no por eso no letal” afirma Ismael Jalil de Correpi, que agregó al respecto “Es un arma que en Estados Unidos, que es el país donde más se ha usado, tenés en 10 años 610 casos fatales. El manual de uso tiene su uso prohibido sobre personas embarazadas, con problemas cardíacos, neurológicos, recientemente operados, contexturas físicas medianas o chicas, por eso está prohibida contra menores, digamos todas situaciones que son imposibles de manejar por el policía y eso trae aparejado el daño”. Desde el CELS advirtieron al respecto que “Las Taser sólo reducen la letalidad policial si se las usa en los mismos casos en los que se utilizaría un arma letal, no si su supuesta ‘no letalidad’ habilita que se amplíen las situaciones en las que los policías podrán disparar”. Y esto trae a la escena otra problemática. ¿Están los efectivos de las fuerzas de seguridad capacitado para su uso?¿Existen garantías de que no se hará un uso excesivo de estas?

Ante estos interrogantes el CELS plantea que “en el contexto en el que el gobierno nacional procura debilitar cualquier tipo de control de la actuación policial y ampliar el número de situaciones en las que pueden utilizar sus armar, no parecen estar dadas las condiciones para que las Taser resulten una herramienta de reducción de la letalidad”. Y es que es preocupante que ante el advenimiento de la doctrina Chocobar y el intento de bajar la edad de imputabilidad, la implementación de las Taser no sea leída como un detrimento en los derechos humanos. Ismael Jalil, abogado de Correpi, sostiene que esto está “En una línea de coherencia del gobierno. El mismo gobierno que presenta su posibilidad de reelección con otras dos medidas que complementan el marco de manodurismo y punitivismo que caracterizan toda la gestión. Que son la reforma del código penal y la baja de punibilidad de los menores, y se inscribien dentro de lo que nos tiene acostumbrado, y es única y exclusivemente, la profudización de todo lo que sea aparato represivo” a su vez agrega “ Incorpora más mano dura, no reduce el nivel de agresividad contra el pueblo, sino que lo potencia todavía más, aumenta el poder de fuego del estado, y el final es conocido, seguramente de ser usada van a aparecer distintos daños que se van a cristalizar en la muerte”.

Las motivaciones políticas detrás de las Taser

Ahora bien, ¿Cuáles son las motivaciones para en un año electoral sacar a la cancha un elemento tan cuestionado? A esta pregunta Ismael Jalil le encuentra respuesta aseverando qué “Esto a lo que responde fundamentalmente es a seducir a su propio electorado y asegurárse al núcleo duro de su electorado, que es al que ha beneficiado con su política de ajuste” Y es que detrás de la resolución hay un proyecto político que cree en la mano dura como elemento de resolución del conflicto social. “Acá ha habido una monumental transferencia de riqueza de los sectores más pobres hacia los más ricos, y esos sectores más ricos que naturalmente son los minoritarios, se le ofrece la garantía de que se lo vote a Macri porque no va a dejar de meter palo, bala o electroshock a todo aquel que se levante contra estas medidas económicas” remarca Ismael Jalil de Correpi.

La instrumentación está en curso. De todos modos se espera la aplicación de medidas judiciales para evitar el uso. Si bien la Corte Suprema ya dictó una resolución que permite el uso de la Taser, existe un expediente abierto en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por el que se espera alguna resolución.

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